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INFORMACION DRASTICA - ART.177 NUMERAL 21
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Mi opinion la Sacion mas datrica es:
INFORMACION DRASTICA -ART.177 NUMERAL 21
No implementar, las empresas que explotan juegos de casino y/o máquinas tragamonedas, el Sistema Unificado en Tiempo Real o implementar un sistema que no reúne las características técnicas establecidas por SUNAT.

Enviado el: 2/20 16:24
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Gradualidad
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Asi como indica el Artículo 173°
CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACIÓN DE INSCRIBIRSE, ACTUALIZAR O ACREDITAR LA INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

El cual se encuentra bajo los criterios de gradualidad con una rebaja del 100%, creo que también deberia tomarse para las demás infracciones porque se trata de una subsanación voluntaria por parte del contribuyente.

Enviado el: 2/20 16:15
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Re: INFRACCIONES DRASTICAS - Art. 174º numeral 11
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en mi opinión la infración drastica seria de Art. 174 numeral 11. Utilizar máquinas registradoras u otros sistemas de emisión no declarados o sin la autorización de la Administración Tributaria para emitir comprobantes de pago o documentos complementarios a éstos.

Enviado el: 2/20 16:11

Editado por JESUSA enviado el 20/2/2010 16:29:41
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¿Se pueden perder los beneficios de la gradualidad?
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Sí, cuando se presenten, por lo menos, alguno de los siguientes supuestos:

* Cuando por causa atribuible al infractor, no es posible que se proceda a ejecutar el cierre del local (caso en el que se sustituirá por una multa, la misma que no gozará de ninguna rebaja).

* Cuando el infractor impugne la resolución que establece la sanción, y el órgano resolutor la mantenga en su totalidad, y ésta queda firme y consentida en la vía administrativa.

En mi opinión la gradualidad deberia darse cuando sea por voluntad propia de contribuyente, porque en el caso de impugnación es una vía de defensa que todos tenemos.

Enviado el: 2/20 16:11
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INFRACCIONES DRASTICAS - Art. 174º numeral 4
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Transportar bienes y/o pasajeros sin el correspondiente comprobante de pago, guía de remisión, manifiesto de pasajeros y/u otro documento previsto por las normas para sustentar el traslado.
Sanción: internamiento temporal de vehiculos

Antes debería de aplicarse la facultad discrecional, para saber la naturaleza de la situación, porque se da el caso que todo esta correcto de acuerdo a ley, pero a lo mejor se traspapelo la guia ó tuvieron un asalto, se olvidaron, ó lo perdieron por alguna casualidad. Aplicar drasticamente esta artículo ocasiona perdidas para cualquier negocio y sobre todo desaliente a las PYMES que son el motor de generación de riqueza de una nación.

Enviado el: 2/20 15:31
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Auxiliar Contable
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Buenos dias amigos,
Necesito auxiliar contable que conozca el manejo del software contable VisualCont. Para trabajar en Lima, enviar correo a vcontabilidadonline@gmail.com
Gracias

Enviado el: 12/29 9:56
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Auxiliar Contable
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Buenas tardes, se necesita auxiliar contable que conosca del sistema visualcont, enviar CV a jcarreon@carreontorresyasociados.com
gracias

Enviado el: 12/28 16:44
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como se redondea el igv a 2 decimales????????
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Buenas quisera que alguien me indique como se hace un redondeo a 2 decimales de por ejemplo el IGV...
algunos me dicen que si el tercer decimal es mayor igual a 5 entonces el 2 decimal se aumenta en uno...pero hay otros q me mencionan que tiene me tengo q fijar si el tercer decimal es 5 debo ademas fijarme si el cuarto decimal es par o impar ...
cual es la forma correcta?????
por fa envienme un ejemplo para el caso de que si el tercer decimal es cinco y si debo fijarme si el cuarto decimal es par o impar

gracias por la ayuda.....................

Enviado el: 12/9 17:16
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no cuadra l igv total de las ventas
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hola tengo un gran problema...es acerca del calculo del igv y del subtotal de mis ventas... digamos que tengo 4 ventas a los cuales les calculo tanto su igv como su subtotal (lo q sigue ha sido calculado usando subtotal= total/1.19 y igv=total*19/119 )










































  total subtotal igv
  30 25.21 4.79
  15.40 12.94 2.46
  20 16.81 3.19
  15 12.61 2.39
suma 80.4 67.57 12.83

 pero usando formula 80.4*19/119=12.84 y es diferente a 12.83 pero si cogemos nuestra calculadora nos podemos dar cuenta que el igvTotal NO es igual a sumaTOTAL*19/119 ,como deberia ser esta es una pregunta para los expertos,que se hace en este caso xq si en solo 4 ventas hay un DESCUADRE de un centimo imaginense el descuadre en miles de ventas..que hago ahi


Enviado el: 12/1 23:13
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Asiento de Ventas con detracciones
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Hola Amigos:

tengo una duda, la empresa donde trabajo es una empresa de carga y el volumen de informacion que se maneja es muy grande, mi pregunta es:

- Debo registrar las ventas una x una en el Diario de Ventas o puedo hacer un solo asiento por el resumen del día?

- Por otra parte por se una empresa de transportes de carga esta afecto a detraccion, cómo debo registrar estas detracciones si muchas de las operaciones son al credito?

Enviado el: 2009/11/16 22:28
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